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COLOMBIA. Proyecto de ley de etiquetado avanza en el Senado.

Si bien la iniciativa no afecta directamente a medicamentos y suplementos, les escribimos para que est茅n al tanto de que hoy el pleno del Senado de Colombia aprob贸 el Proyecto de Ley No. 347, el cual adopta medidas que promuevan entornos alimentarios saludables con el objetivo de prevenir la aparici贸n de Enfermedades No Transmisibles relacionadas. En este sentido, propone la implementaci贸n de un etiquetado frontal en aquellos alimentos que tengan alto contenido de nutrientes cr铆ticos, entre otras medidas. El pr贸ximo paso es la elaboraci贸n de un informe de conciliaci贸n del proyecto, dado que la versi贸n aprobada por el Senado es distinta a la de la C谩mara de Representantes. Dicho informe propone un texto que concilia las diferencias entre ambas versiones, y debe ser aprobado antes del 20 de junio.

Con respecto al etiquetado frontal nutricional, el proyecto establece que:

  • Los alimentos y bebidas, de acuerdo a su nivel de procesamiento con cantidad excesiva de nutrientes cr铆ticos, deber谩n presentar una etiqueta frontal con un sello de advertencia de alto impacto preventivo, claro, visible, legible, de f谩cil identificaci贸n y comprensi贸n para los consumidores, con mensajes inequ铆vocos que adviertan al consumidor de los contenidos excesivos de dichos nutrientes cr铆ticos.聽
  • Los par谩metros t茅cnicos de la etiqueta ser谩n establecidos por el Ministerio de Salud de acuerdo a la evidencia cient铆fica suministrada por la Organizaci贸n Mundial de la Salud.

Otros puntos relevantes son:

  • Promueve h谩bitos alimentarios saludables mediante acceso a informaci贸n clara, veraz y visible sobre componentes de los alimentos.
  • La Comisi贸n de Regulaci贸n de Comunicaciones (CRC) destinar谩 espacios de televisi贸n abierta, de emisoras radiales y de plataformas de internet para que el Ministerio de Salud y Protecci贸n Social, difunda contenidos para promover h谩bitos de vida saludables y valor nutricional dirigida a ni帽as, ni帽os y adolescentes.
  • Promoci贸n de entornos saludables en espacios educativos p煤blicos y privados, al igual que en entornos laborales. Las herramientas educativas de informaci贸n deber谩n ser, a su vez, accesibles a personas con discapacidad.