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PERÚ. Ejecutivo actualiza listado de vitaminas, minerales y otros nutrientes permitidos en la fabricación de productos dietéticos

Hoy la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), a través de Resolución Nº 025-2022-DIGEMID-DG-MINSA, aprobó el listado de vitaminas, minerales y otros nutrientes permitidos en la fabricación de productos dietéticos. Para esta actualización, la Dirección de Productos Farmacéuticos solicitó a la entidad reguladora utilizar como referencia los listados aprobados en países de alta vigilancia sanitaria. Asimismo, la norma también dispone derogar la Resolución N° 177-2013-DIGEMID-DG-MINSA del 22 de agosto del 2013.

 La Digemid incorporó en la lista las siguientes vitaminas: el FOLATO (μg), el ácido (6S)-5-metil tetrahidrofólico, la sal de glucosamina, el cloruro de colina, el citrato de colina y el bitartrato de colina, entre otros. Asimismo se sumaron otras sustancias como el sulfato de condroitina, la glucosamina (como sulfato o clorhidrato), el inositol (como hexafosfato de inositol o mioinositol), el germen de trigo, el polen, la jalea real, la levadura de cerveza, la creatina, la lecitina de soja, la lactasa, el metilsulfonilmetano y el hidroximetilbutirato. 

 Además, la norma también señala que se podrán utilizar levaduras enriquecidas con selenio producidas por cultivo en presencia de selenito de sodio como fuente de selenio y que contienen, en la forma seca comercializada, un máximo de 2,5 mg Se/g. A su vez, el contenido de otros compuestos orgánicos de selenio incluída la selenocisteína, no excederá del 10% de selenio total extraído. El nivel de selenio inorgánico normalmente no superará el 1% del selenio extraído total.