El Poder Ejecutivo publicó el día Lunes 11 en el Diario Oficial de la Federación, los anexos de la Resolución Miscelánea Fiscal 2021. A su interior se dan a conocer los criterios fiscales que se aplicarán para implementar los cambios tributarios incluidos en la mencionada resolución. La misma incluye disposiciones sobre impuestos a medicinas de patente y suplementos alimentarios. Lo establecido estará vigente a lo largo del 2021.
Entre las disposiciones más relevantes de los anexos destacan:
- Se define que la finalidad de los suplementos alimenticios es complementar, suplir o incrementar la ingesta dietética total con alguno de sus componentes. Estos, son preparados con una mezcla de productos ya sean químicos, extractos naturales, vitaminas, minerales, entre otros, su ingesta es opcional y suelen contener advertencias o contraindicaciones respecto a su consumo. Con el fin de proteger el sistema alimentario mexicano, según la Ley del IVA, los suplementos alimenticios no se consideran como productos destinados a la alimentación, por lo que no están sujetos a la tasa del 0% en su enajenación, ni exentos en su importación.