• info@alanurla.org

ECUADOR. NORMATIVA T脡CNICA SANITARIA SUSTITUTIVA PARA ALIMENTOS PROCESADOS (RESOLUCI脫N ARCSA-DE-2022-013-AKRG).

Les compartimos la NORMATIVA T脡CNICA SANITARIA SUSTITUTIVA PARA ALIMENTOS PROCESADOS, PLANTAS PROCESADORAS, ESTABLECIMIENTOS DE DISTRIBUCI脫N, COMERCIALIZACI脫N Y TRANSPORTE DE ALIMENTOSPROCESADOS Y DE ALIMENTACI脫N COLECTIVA recientemente publicada en Ecuador.

La presente normativa reemplaza a la Resoluci贸n ARCSA-DE-067-2015-GGG y est谩 en vigencia desde Agosto del presente a帽o.

En t茅rminos generales, es indispensable prestarle atenci贸n a lo requerido en control que ocurres despu茅s del regsitro. Los principales puntos que contiene este documento son:

  1. Tiene como principal objetivo establecer las Buenas Pr谩cticas de Manufactura para plantas que procesan alimentos (se incluyen los establecimientos de alimentaci贸n colectiva)
  2. Su 谩mbito de aplicaci贸n est谩 orientado a las personas naturales y jur铆dicas que intervengan en los procesos de fabricaci贸n, producci贸n, elaboraci贸n, preparaci贸n, envasado, empacado, maquila, transporte, almacenamiento, importaci贸n, distribuci贸n y comercializaci贸n en territorio ecuatoriano, de alimentos procesados.
  3. Se hace menci贸n que toda la informaci贸n declarada en la obtenci贸n de una notificaci贸n sanitaria ser谩 revisa en control posregistro. (Art. 32)
  4. Los cambios en los procesos de elaboraci贸n y producci贸n de un producto requerir谩n una nueva notificaci贸n sanitaria (Art. 38)
  5. Se permiten ingresar hasta 8 modificaciones por solicitud de modificaci贸n (Art. 42)
  6. Para alimentos procesados de fabricaci贸n extranjera, en caso de que el producto se registre con nombre diferente al que consta en el 煤ltimo certificado aprobado, sea este: Certificado de Libre Venta/ Certificado Sanitario/ Certificado de Exportaci贸n o su equivalente, se deber谩 adjuntar la carta de autorizaci贸n del cambio de nombre por parte del titular del producto, apostillado o consularizado. (Art. 45.1)
  7. El cambio, inclusi贸n o eliminaci贸n de marcas comerciales, cambio de nombre o raz贸n social del fabricante, cambio de nombre o raz贸n social del titular del producto requerir谩 de una carta o documento que avale el cambio la cual debe ser apostillada. (Art.45.2; Art. 45.14;聽 Art. 45.16)
  8. En cuanto a la especificaciones de empaque, se dice que la ARCSA podr谩 solicitar la justificaci贸n que avale la seguridad del material del empaque utilizado. Adem谩s, se menciona que se podr谩n tomar como referencia los listados de sustancias permitidas para envase de la UE, FDA y otras legislaciones reconocidas. (Art. 45.5)
  9. La ficha de estabilidad del producto ser谩 solicitada en control posregistro. (Art. 45.11)
  10. Las plantas procesadoras extranjeras que requieran homologar un certificado de BPM o rigurosamente superiores en la ARCSA deben ingresar una solicitud en la Agencia (Art. 93)
  11. Se incluye un apartado para la DONACION DE ALIMENTOS (CAP脥TULO V)
  12. La ARCSA podr谩 realizar, en coordinaci贸n con otras entidades de control, inspecciones t茅cnicas-sanitarias en puertos, aeropuertos y puestos fronterizos de ingreso de importaciones. (Art.- 147)
  13. Los alimentos procesados que se importen al pa铆s, previo a su nacionalizaci贸n, podr谩n ser sujetos a inspecci贸n t茅cnica sanitaria, debiendo ser trasladados del puerto de desembarque a bodegas dentro del puerto y los costos correr谩n a cargo de los importadores (Art. 149 y 150)
  14. El titular del producto en el pa铆s debe contar para control posregistro con:
  1. Los an谩lisis de laboratorio que respalden la informaci贸n nutricional de la etiqueta emitido por un laboratorio acreditado o reconocido por el SAE o por un laboratorio que demuestre competencia t茅cnica seg煤n la norma ISO/IEC 17025.
  2. Los an谩lisis de los par谩metros fisicoqu铆micos y microbiol贸gicos emitido por un laboratorio acreditado o reconocido por el SAE o por un laboratorio que demuestre competencia t茅cnica seg煤n la norma ISO/IEC 17025.
  3. Estudio de estabilidad
    1. La DISPOSICION GENERAL聽 DECIMO TERCERA indica que los establecimientos donde se almacenen, distribuyan o comercialicen alimentos procesados deben cumplir con las BPM (se vuelve obligatorio)
    2. La DISPOSICION TRNASITORIA QUINTA establece que en 3 a帽os las f谩bricas de alimentos procesados deben adecuar sus instalaciones para cumplir con las BPM.