Nos comunicamos para informarles que hoy el Poder Ejecutivo public贸, por medio del Diario Oficial, la Resoluci贸n de la Direcci贸n Colegiada de la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa) que dispone sobre los principios generales, funciones tecnol贸gicas y condiciones de uso de aditivos alimentarios y coadyuvantes de tecnolog铆a en alimentos, alcanzando tambi茅n a suplementos alimenticios. Adem谩s, fue publicada la Instrucci贸n Normativa que incluye los detalles de la Resoluci贸n. Esta norma ya est谩 vigente.
Seg煤n la resoluci贸n publicada, no est谩 permitido el uso de aditivos alimentarios cuando hubiera evidencia o sospecha de que las sustancias no son seguras para el consumo humano, cuando interfieran desfavorablemente en el valor nutritivo del alimento, sirvan para encubrir fallas de procesamiento o en las t茅cnicas de manipulaci贸n, o cuando encubran alteraciones o adulteraciones de la materia prima o induzcan al consumidor al error, enga帽o o confusi贸n.聽
Para el caso de los aditivos utilizados en suplementos alimentarios, la resoluci贸n dispone que deben aplicarse especificaciones de identidad, pureza y composici贸n establecidas en por lo menos alguna de las siguientes referencias: la Autoridad Europea para la Seguridad de los Alimentos (European Food Safety Authority, EFSA) o la Uni贸n Europea.聽
La resoluci贸n tambi茅n incluye en el ordenamiento jur铆dico nacional diversas resoluciones del Mercosur, detalladas en el texto de la resoluci贸n. Los productores tienen un plazo de 24 meses contados a partir de hoy, que entra en vigor la resoluci贸n, para adecuar los r贸tulos que as铆 lo requieran.