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PANAM脕 | Poder Ejecutivo promulga ley que elimina la AUPSA, extiende el plazo para tr谩mites de alimentos y la vigencia de beneficios para importar gel alcoholado.

Estimados, 驴c贸mo est谩n?

El Poder Ejecutivo public贸 en el Diario Oficial la Ley 206, que crea la Agencia Paname帽a de Alimentos (APA) y deroga la Ley 11 de 2006 que crea la Autoridad Paname帽a de Seguridad de Alimentos (AUPSA). A partir del d铆a Jueves 01/04, comenz贸 a correr un plazo de 180 d铆as para la entrada en vigencia de sus disposiciones. Por otra parte, el Ministerio de Salud (MINSA) extendi贸 por seis meses el plazo para la solicitud o renovaci贸n de los registros sanitarios de alimentos. Finalmente, el Consejo de Gabinete extendi贸 hasta septiembre la vigencia de un inciso arancelario correspondiente al gel alcoholado con un impuesto a la importaci贸n del 0%.

A continuaci贸n, les compartimos m谩s informaci贸n sobre cada punto:

  • La promulgaci贸n de la Ley 206 fue celebrada por numerosos actores tanto del sector p煤blico como del sector privado. El Ministro de Desarrollo Agropecuario (MIDA), Augusto Valderrama, present贸 la normativa con el lema: “Regreso a la institucionalidad del agro: muere la Aupsa y nace la APA“. Entre los que se consideraron los principales logros de la ley est谩n la devoluci贸n de las facultades al MIDA, al MINSA y al Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) y la creaci贸n de la APA para los tr谩mites relacionados con los alimentos.
  • La resoluci贸n del MINSA establece un plazo adicional de seis meses a partir del 1 de abril para que empresas y/o establecimientos tramiten sus solicitudes y obtengan la renovaci贸n de sus registros sanitarios de alimentos, carn茅s de capacitaci贸n para manipuladores de alimentos y operarios de establecimientos de inter茅s sanitarios, entre otros. Vencido este plazo, autoridades de salud p煤blica aplicar谩n regulaciones y sanciones a quienes no cuenten con su documentaci贸n sanitaria renovada y vigente.
  • Por su parte, el Decreto de Gabinete modifica la extensi贸n del Decreto 7 de marzo de 2020, por medio del cual se cre贸 el inciso arancelario 3808.94.99.00.10 para el gel alcoholado con un Derecho Arancelario a la Importaci贸n (DAI) de 0 puntos con el fin de facilitar su entrada al pa铆s en el contexto de la pandemia por el COVID-19. As铆, se defini贸 que la normativa tendr谩 vigencia hasta el 30 de septiembre de 2021.