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COLOMBIA: Resolución 810.

El ministerio de Salud de Colombia publicó en las últimas horas la Resolución 2492 que reglamenta el etiquetado frontal en alimentos ultra procesados. 

La normativa modifica la Resolución  810 expedida por el Ministerio en junio de 2021, que establecía los requisitos de etiquetado nutricional y frontal que deben cumplir los alimentos y bebidas envasados o empacados.

La resolución reglamenta la Ley  2120, promulgada el 30 de junio de 2021 por el entonces presidente Iván Duque, que establecía que todos los alimentos ultraprocesados deberían contar con un etiquetado frontal.

La ministra de Salud, Carolina Corcho, expresó que la normativa establece “como reglamentación el sello octagonal con fondo negro, donde se habla del exceso de grasas trans y también el exceso de edulcorantes”.

Vale mencionar que el Ministerio de Salud había expedido la Resolución  810 estableciendo los requisitos de etiquetado nutricional y frontal que deben cumplir los alimentos y bebidas envasados o empacados. Sin embargo, de acuerdo al Consejo de Estado, dicha resolución no podía reglamentar a ley dado que se expidió el 23 de junio, una semana antes de la sanción de la ley 2120 en el Congreso, por lo que exigió a la entidad una reglamentación que tenga en consideración todo lo dispuesto en la ley.

Modifica el artículo  2 de la Resolución 810 para exceptuar del etiquetado a fórmulas infantiles,Alimentos para Propósitos Médicos Especiales (APMES), productos de un solo ingrediente que no contengan aditivos, alimentos sin procesar o mínimamente procesados y alimentos y bebidas típicas o tradicionales, entre otros.

La medida rige tanto para productos nacionales, como internacionales.

  • Establece que cuando a un alimento o bebida procesada o ultraprocesada se le haya adicionado sal, sodio, azúcares, grasas o edulcorantes y su contenido sea igual o superior a lo establecido en la siguiente   tabla de límites contenidos, será obligatoria la rotulación de las características nutricionales.

Determina que:

El sello frontal será de forma octogonal con fondo negro y borde blanco y en su interior deberá detallar “EXCESO EN” y, según corresponda, “GRASAS SATURADAS”, “GRASAS TRANS”, “SODIO” o “AZÚCARES”, o detallar “CONTIENE EDULCORANTES”. 

Las letras deberán estar en mayúsculas, de color blanco, con tipografía Arial Bold.

 Haga click aquí para ver el modelo del sello frontal e ingrese aquí para ver las dimensiones del mismo en relación a la etiqueta. 

La ministra de Salud, Carolina Corcho, manifestó que “reconocemos en esta reglamentación el sello octagonal con fondo negro, donde se habla del exceso de grasas trans y del exceso de edulcorantes, de tal manera que esto tenga impacto positivo en la alimentación de ciudadanos, que podrán ver estos sellos para cuidar su alimentación  de manera saludable.”.