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ARGENTINA. Boletín Oficial: Establecen los requisitos para acceder a los beneficios en el marco de los acuerdos de precios y realizan aclaraciones para empleadores en torno al pago del bono

Nos ponemos en contacto para hacerles llegar las siguientes normativas de interés publicadas en el Boletín Oficial de esta mañana:

  • Resolución General 5414/2023. Administración Federal de Ingresos Públicos: Establece que los sujetos que hayan adherido a los acuerdos de precios vigentes con la Secretaría de Comercio deberán autorizar a la AFIP a la remisión de la información necesaria por medio de la página web a fin de acceder a los beneficios del Decreto N° 433. Luego, el Ministerio de Economía les enviará un formulario a fin de caracterizarlos en el “Sistema Registral” para acceder a los siguientes beneficios reglamentados por la presente normativa: suspensión del impuesto PAIS, eliminación de los derechos de exportación y un régimen especial para las facilidades de pago.
  • Resolución General 5413/2023. Administración Federal de Ingresos Públicos: Los empleadores obligados a abonar la asignación no remunerativa dispuesta en el Decreto 438 deberán informar dichas sumas abonadas a través de los sistemas “Libro de Sueldos Digital”, “Declaración en Línea” o mediante el aplicativo denominado “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS”.