Nos ponemos en contacto para hacerles llegar la siguiente normativa de interés publicada en el Boletín Oficial de esta mañana:
- Resolución Conjunta 32/2023. Secretaría de Agricultura y Secretaría de Calidad en Salud: Modifica el Capítulo XVII del Código Alimentario Argentino sobre alimentos de régimen o dietéticos a fin de especificar la definición de “alimento y bebida libre de gluten”. En él se mencionan las buenas prácticas en el proceso de eliminación de gluten (estableciendo un máximo de 10 mg/Kg en el contenido del producto) y las especies de prolaminas y glutelinas procedentes del trigo que se encuentran prohibidas en su composición. Finalmente, especifica el método de enzimoinmunoensayo que deberá llevarse a cabo para corroborar esta condición, tanto para elaboradores como para importadores, debiendo ser aprobado por la autoridad competente.