Nos comunicamos para informarles que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) abrió una consulta pública respecto al Registro Sanitario de Empresas Exportadoras de Alimentos. Podrán presentarse observaciones hasta el 3 de mayo a través de la página web (click aquí). Podrán acceder al texto puesto a consideración haciendo click aquí.
En el articulado del texto puesto a consideración, se establece que “todas las personas humanas y/o jurídicas que realicen actividades de exportación de productos alimenticios (incluyendo aditivos, coadyuvantes e ingredientes alimentarios), suplementos dietarios y alimentos para propósitos médicos específicos deberán solicitar ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) la Certificación Exportador”.
Además, dispone que los “exportadores deberán solicitar ante el INAL la autorización de exportación con carácter previo a la salida del país de los productos alimenticios (incluyendo aditivos, coadyuvantes e ingredientes), suplementos dietarios y alimentos para propósitos médicos específicos”. En ese mismo sentido, establece que los “productos alimenticios, suplementos y alimentos para propósitos médicos específicos envasados con destino exclusivo para la exportación y sin tránsito en el territorio de la República Argentina, previo al otorgamiento de la autorización de exportación deberán contar con el certificado de producto exclusivo de exportación”.
En los considerando, la ANMAT señala que “resulta esencial contar con sistemas de registro y control para las exportaciones, atendiendo a las exigencias internacionales respecto a la verificación e inspección de los establecimientos y sus productos alimenticios y al fomento del intercambio de información y la cooperación entre autoridades competentes”.