Nos ponemos en contacto para hacerles llegar el dictamen emitido por la Comisión de Defensa del Consumidor que busca establecer precisiones sobre el uso de adhesivos en las advertencias publicitarias en productos importados. Así, el texto señala las advertencias publicitarias serán colocadas, según sea el caso, de “forma indeleble en las etiquetas y no pueden estar cubiertas de forma total o parcial por ningún otro elemento”. A su vez, los proveedores tendrán un plazo de 120 días para adecuarse a las modificaciones propuestas. El dictamen está en condiciones de ser analizado por el pleno del Congreso, lo que se espera que suceda en el mediano plazo.
El dictamen busca incorporar en el artículo 10 de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, una disposición para permitir el uso de adhesivos en las advertencias publicitarias en productos importados y productos elaborados por las micro y pequeñas empresas (MYPE), cuyas advertencias no estén impresas en las etiquetas. Dichos adhesivos serán de difícil remoción y tendrán que cumplir con los estándares de calidad que establezca el Instituto Nacional de Calidad (Inacal).
Por su parte, el Inacal tendrá la obligación de elaborar una norma técnica peruana de adhesivos para la industria de alimentos que garantice su difícil remoción. La nueva norma técnica se emitirá en un plazo de 60 días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la eventual ley.