Nos ponemos en contacto para hacerles llegar la siguiente normativa de interés publicada en el Boletín Oficial de esta mañana:
- Resolución Conjunta 16/2023. Secretaría de Agricultura y Secretaría de Calidad en Salud. Sustituye el artículo 155 tris del Código Alimentario Argentino en materia de uso de ácidos grasos trans en la producción industrial de alimentos. La nueva redacción establece un límite del 2% total de grasas trans en cualquier alimento. El límite no se aplicará a grasas provenientes de rumiantes, incluyendo la grasa láctea. Asimismo se prohíbe el uso de aceites y grasas parcialmente hidrogenadas en la producción de alimentos. Las disposiciones entrarán en vigencia mañana y a partir de entonces habrá un plazo de adecuación de 2 años para cumplir con el mencionado 2% en alimentos. Para la eliminación completa de aceites y grasas hidrogenadas habrá 4 años de plazo.