Nos ponemos en contacto para hacerles llegar la siguiente normativa de interés publicada en el Boletín Oficial:
- Resolución Conjunta 14/2023: Secretaría de Agricultura y Secretaría de Salud. Incorpora un nuevo artículo al Código Alimentario Argentino sobre productos con miel y miel de yatei. La norma contempla que los productos azucarados, con excepción de los productos de confitería, que no respondan a las especificaciones reglamentarias de la miel y miel de yateí no podrán consignar en el rótulo descripciones o representaciones pictóricas de abejas , colmenas, panales, flores, o elementos propios relacionados con la actividad apícola. Tampoco podrán mencionar ni destacar el término miel ni ninguna propiedad particular vinculada a ésta o con la composición de cualquier otro de sus ingredientes.