La Asamblea Legislativa divulgó el proyecto de Ley Especial para Promover Competitividad y Facilitar Acceso a Productos de la Canasta Básica Ampliada. De esta manera, el proyecto propone exonerar del Derecho Arancelario a la Importación (DAI), únicamente para El Salvador, de 120 productos alimenticios e insumos para la producción agropecuaria, incluyendo suplementos alimenticios en polvo, hasta el 31 de julio de 2034. Se espera que la Asamblea apruebe esta iniciativa en las próximas horas, ya que los diputados acordaron su tratamiento con dispensa de trámite (sin pasar por una comisión).
En ese marco, la propuesta pretende derogar la Ley Especial Transitoria de Combate a la Inflación de Precios de Productos Básicos, la cual fue prorrogada en marzo pasado hasta el 31 de marzo de 2026. Además, el proyecto aclara que se trata de una medida de carácter temporal, “por lo que, una vez finalizada su vigencia se restablecerán los aranceles y requisitos no arancelarios aplicables” anteriormente.
De acuerdo a esta iniciativa, se tiene por objeto “garantizar el acceso directo y efectivo, y a su vez, promover una mayor competitividad en el suministro de los bienes de consumo, que están incluidos dentro de la canasta básica alimentaria ampliada, los insumos agrícolas y otros bienes esenciales de consumo para los hogares salvadoreños, con la finalidad de reducir los costos en la importación y contener el incremento de los precios de los mismos”.
Por otro lado, también se estipula que la Defensoría del Consumidor realice medidas de monitoreo y vigilancia en el mercado, y que la Dirección General de Aduanas y los Ministerios de Economía, Hacienda y Agricultura y Ganadería, puedan emitir las normativas y disposiciones para garantizar el cumplimiento de esta eventual ley.
Por último, se dispone que no se requerirá de permisos previos para la importación de estos productos. En ese sentido, se contempla la necesidad de información relacionada con la inocuidad y calidad de los productos extendida por las autoridades del país exportador, así como una declaración jurada en la que se consigne que el producto cumple con los requisitos de inocuidad y calidad, y el lugar de almacenamiento y destino de los productos.