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GUATEMALA. Proyecto de modificación a Norma Técnica de Guatemala para registro y vigilancia de suplementos y complementos alimenticios

La autoridad sanitaria de Guatemala notificó ante la Organización Mundial de Comercio (OMC) el proyecto de NORMA TÉCNICA PARA LA EVALUACIÓN CON FINES DE REGISTRO Y SU POSTERIOR VIGILANCIA EN MERCADO DE SUPLEMENTOS Y COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA LA POBLACIÓN A PARTIR DE LOS 3 AÑOS DE EDAD, EN EL DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ALIMENTOS.

Dicha propuesta se elaboró considerando que no existe en Guatemala una normativa específica que regule lo relativo al mecanismo de evaluación con fines de Registro Sanitario en el Departamento de Regulación y Control de Alimentos de la Dirección General de Regulación, Vigilancia y Control de la Salud del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

El objeto de esta norma es establecer las condiciones y los requisitos para el registro sanitario de referencia y la posterior vigilancia en el mercado de suplementos y complementos alimenticios. Se excluye de la presente norma los productos definidos como medicamentos, los productos homeopáticos, herbolario, botánicos, etc. y los productos para la población menor de 3 años de edad.

a partir de la publicación de la propuesta se cuenta con un período de 60 días para la emisión de comentarios por parte de particulares, es decir, la fecha límite para la recepción de observaciones es el 13 de diciembre.

Debido a lo anterior, ALANUR se dio a la tarea de hacer una revisión del proyecto, misma que sometemos a su consideración. Mucho agradeceríamos que, en caso de tener comentarios, pudiesen remitirlos a esta dirección a más tardar el 12 de diciembre con la finalidad de integrar las observaciones finales de ALANUR.