La Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria (ANRS) actualizó la resolución administrativa sobre Requisitos y Procedimiento de Autorización de Importación y Exportación de Productos Regulados por la entidad, incluyendo cambios en medicamentos de venta libre y suplementos. Dentro de las modificaciones, se destacan disposiciones sobre límites máximos para importación de productos de muestra, requisitos para permisos especiales de importación para el sector público y requerimientos para la exportación con fines comerciales. Esta nueva normativa ya entró en vigencia, derogando su anterior versión.
La resolución establece que los productos importados en calidad de muestra para registro sanitario no deben exceder ciertas cantidades requeridas por la ANRS. En el caso de medicamentos y suplementos, la Dirección de Farmacia dispone un máximo de 3 unidades según presentación comercial.
Asimismo, se incorpora una sección de requisitos de permisos especiales para importación de medicamentos cuya utilización sea destinada al sector público y que sean adquiridos por medio de mecanismos de compras de organismos internacionales, como la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Entre los documentos a presentar se incluye la factura original y la copia que contemple cierta información del producto, orden de compra o contrato de adjudicación, el recibo oficial de caja (ROC), entre otros.
Por último, dentro de los requisitos de exportación de productos con fines comerciales, se elimina la obligación de presentar la carta original de revisión toxicológica firmada y sellada por el regente acreditado por la empresa. Además se suprime el requerimiento que establecía la presentación de una declaración jurada del solicitante para que se comprometiera a que el país no quedara desabastecido del producto a exportarse por un periodo no menor a 6 meses.