El Servicio de Impuestos Internos (SII) suspendió provisionalmente la circular N°11, la cual establecía un impuesto adicional del 10% sobre la venta o importación de bebidas analcohólicas naturales o artificiales, energizantes, entre otras. La suspensión se produjo luego de que la Corte de Apelaciones de Santiago acogiera el recurso de protección presentado por la empresa Embotelladoras Chilenas Unidas SA en contra de dicha circular. Pueden acceder al texto de la nueva circular haciendo click aquí. La normativa ya se encuentra en vigencia.
Con el objetivo de resguardar el principio de equidad tributaria para los contribuyentes de esa industria que no presentaron recursos de protección ante los tribunales y debido a los problemas operativos que generaría un tratamiento diferenciado, el SII decidió suspender la normativa para revisar nuevamente los antecedentes y argumentos técnicos relacionados con la materia.
Cabe recordar que la Corte de Apelaciones dictaminó que el director del SII actuó de manera arbitraria al cambiar el criterio sobre los tributos aplicables a estas bebidas. El fallo señaló que la acción excede la interpretación normativa y carece de fundamentación, basándose únicamente en una afirmación condicional de la autoridad sanitaria sobre la composición de las bebidas. En respuesta a este fallo, el SII ha recurrido ante la Corte Suprema.